Con entradas de un día no se puede salir del recinto

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Mensaje por Godofredo Miér 13 Ago 2008 - 17:13

watts escribió:
basquepunk escribió:Y no te dejan pasar ni un triste bocadillo? Que cabrones! Mad

Alguien dijo que esta medida era ILEGAL. Yo no tengo ni idea, conste.

Creo recordar que había un par de sentencias que establecían eso mismo (la ilegalidad de no dejar introducir comida al espectáculo), pero en casos con salas de cine. Supongo que por analogía sería aplicable al tema de los festivales...

En cualquier caso, mira que son hijosdeputa. Hasta el Azkena del año pasado, Extremoduro aquí en Getafe y el Kobeta de este año, tenía a los de Last Tour por una gente con un mínimo de respeto por el asistente a sus eventos, pero al final están demostrando que de eso nada. Unos peseteros y unos cutres, es lo que son.
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Mensaje por Blas Mar 1 Jun 2010 - 20:54

Este año

Tanto los bonos que se adquieran anticipadamente como los que se compren el día del festival, deberán ser canjeados por pulseras en las taquillas habilitadas por el festival para este servicio, que estarán en la entrada del festival e indicadas con el nombre “PULSERAS”.

La pulsera te permitirá entrar y salir cuantas veces desees, desde tu entrada al recinto hasta las 05:00 de la madrugada.

Edito y rectifico:

*LAS ENTRADAS DE DÍA NO LLEVAN PULSERA, POR LO QUE SI SALES NO PODRÁS VOLVER A ENTRAR

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Mensaje por Trasiego Mar 1 Jun 2010 - 21:10

Otra vez cagada, de las gordas. Una medida que repiten año tras año y es vergonzosa.
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Mensaje por hellpatrol Mar 1 Jun 2010 - 21:34

No entiendo muy bien esta medida, cual es el proposito, que los que tenemos bono podamos salir a comer y beber por ahi y los que van un dia no? Que pongan un puto sello a los de entrada de dia y punto
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Mensaje por Zarpas Mar 1 Jun 2010 - 22:04

Joder que yo ecuerde en la zona de acampada podias entrar sin fallo, al fin y al cabo es una puta colina al lado del recinto, no va a haber barricada en la pueta cuesta ademas.. digo yo..
Joder pos lo del recinto, vaya bajón.. nosotros solo vamos un día.. habra que chuzarse a muerte y luego entrar, la movida es que cuando acaben los concerts que?.. tendremos que seguir la fiesta en el puto campamento que esta mas soso a esas hora que su puta madre.. (algo que no me molo y me llamo la atencion dicho sea de paso).. con lo cual pregunto..
Oh foreros de pro, cual es el plan mitico? os quedais por alli el recinto hasta las mil, o vais a salir por Vitoria, andais por el camping? como va la historia?
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Mensaje por Slovako Mar 1 Jun 2010 - 22:07

FacePollution escribió:(algo que no me molo y me llamo la atencion dicho sea de paso).. con lo cual pregunto..

Lo curioso es el caso de los que pensais que el camping tiene que ser una puta rave.

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Mensaje por Zarpas Mar 1 Jun 2010 - 22:18

slovako escribió:
FacePollution escribió:(algo que no me molo y me llamo la atencion dicho sea de paso).. con lo cual pregunto..

Lo curioso es el caso de los que pensais que el camping tiene que ser una puta rave.

rave no, pero algo de ambiente sería normal... no te digo Ortigueira, pero la peña por lo menos haciendo alguna hoguerilla y chuzando no estaria mal..
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Mensaje por hell-yeah Mar 1 Jun 2010 - 22:30

echar un vistazo aquí:
https://www.facua.org/es/noticia.php?Id=4410
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Mensaje por Dj Crust Miér 2 Jun 2010 - 11:01

Menuda panda de hijos de puta.
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Mensaje por Txomin Miér 2 Jun 2010 - 11:08

¿se sabe algo de los horarios? O hay que comer también la mierda de bokatas?
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Mensaje por KIM_BACALAO Miér 2 Jun 2010 - 11:24

hell-yeah escribió:echar un vistazo aquí:
https://www.facua.org/es/noticia.php?Id=4410

muy interesante...

FACUA-Consumidores en Acción ha denunciado ante los organismos de Consumo de sus correspondientes comunidades autónomas un total de ocho festivales de música por incluir en sus condiciones cláusulas abusivas.

Una de las irregularidades es la prohibición de la entrada de comida y bebida, imponiendo su compra dentro del recinto, donde los precios además suelen ser mucho más altos que fuera.

Otras cláusulas abusivas denunciadas son la negativa a aceptar la devolución de las entradas en caso de modificación del cartel o el rechazo a devolver la totalidad o una parte del dinero si el espectáculo se cancela por determinados motivos o se suspende cuando haya transcurrido más de la mitad.

En concreto han sido denunciados los festivales:

- Bilbao BBK (Bilbao), Live Azkena Rock Festival (Vitoria-Gasteiz) y Kobetasonik (Bilbao), ante la Dirección de Consumo y Seguridad Industrial del Gobierno vasco.

- Primavera Sound (Barcelona) y Sunfec (Cambrils, Tarragona), ante la Agencia Catalana del Consumo.

- Festival Arte-Nativo Viña Rock (Villarobledo, Albacete) ante el Instituto de Consumo de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

- Festival Internacional de Benicàssim FIB Heineken (Benicàssim, Castellón), ante el Área de Consumo de la Generalitat Valenciana.

- Festival Estrella Levante SOS 4.8 (Murcia), ante la Dirección General de Atención al Ciudadano, Drogodependencias y Consumo de la Región Murcia.

Pide a todas las comunidades autónomas que analicen las condiciones de los conciertos

Asimismo, FACUA pide a todas las comunidades autónomas que analicen las condiciones de los contratos de los conciertos y festivales que se celebran en sus territorios y emprendan actuaciones sancionadoras si detectan cláusulas abusivas como las denunciadas.

Según recoge en su artículo 80.1 el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, las cláusulas no negociadas individualmente deberán cumplir los requisitos de "buena fe y justo equilibrio entre los derechos y obligaciones de las partes, lo que en todo caso excluye la utilización de cláusulas abusivas".

Preceptos similares establecen las distintas leyes autonómicas en materia de protección de los consumidores, en las que FACUA basa sus denuncias.

Y es que algunas cláusulas exigidas por las empresas organizadoras de estos festivales no cumplen con la legislación.

Cinco prohíben expresamente la entrada con comida y bebida

Los festivales Viña Rock, Azkena Rock Festival, Kobetasonik, Sunfec y Bilbao BBK Live prohíben explícitamente la entrada de comida y bebida.

En relación a este asunto, FACUA advierte que las condiciones que pueden fijar las empresas en concepto de derecho de admisión han de estar plenamente justificadas en razones objetivas: higiene, evitación de daños y molestias a las personas o bienes similares, entendiendo por tanto desde la comisión que esta práctica supone la imposición de una cláusula abusiva.

Cláusulas abusivas ante cancelaciones o cambios en el cartel

Los festivales Primavera Sound, Fib Heineken, y el Festival Estrella Levante SOS 4.8 aplican cláusulas abusivas referentes a la cancelación o modificación del cartel. Las condiciones de Primavera Sound llegan a plantear que "las malas condiciones climatológicas no dan derecho a devolución del importe de la entrada", recayendo sobre el consumidor la responsabilidad económica en caso de cancelación por dicha causa.

El artículo 86.7 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, indica de forma expresa que será una cláusula abusiva "la imposición de cualquier otra renuncia o limitación de los derechos del consumidor y usuario".

Además son consideradas cláusulas abusivas aquellas que "vinculen el contrato a la voluntad del empresario, limiten los derechos del consumidor y usuario, determinen la falta de reciprocidad en el contrato" y las que "resulten desproporcionadas en relación con el perfeccionamiento y ejecución del contrato".

Primavera Sound, FIB Heineken y Festival Estrella Levante SOS 4.8 añaden en sus condiciones que si el festival se suspende una vez transcurrido más de la mitad del espectáculo, no habrá lugar a devolución alguna, creando el mismo desequilibrio entre los derechos y obligaciones que en el caso antes mencionado.

Por otra parte, los Festivales FIB Heineken y SOS 48 añaden una cláusula en la que se reservan el derecho a alterar, modificar o suspender el programa del festival, en cualquier momento, no dando la posibilidad de devolución del importe si el nuevo programa no interesase al consumidor. Esta estipulación también vulnera la normativa ya mencionada.

Azkena Rock Festival, Bilbao Bbk Live Y Kobetasonik

Entre los requisitos exigidos por las organizaciones de los festivales Azkena Rock Festival, Bilbao Bbk Live Y Kobetasonik referentes a la comida y bebida, recogidos en sus respectivas páginas web, se indica que "en el recinto del festival no se puede introducir ni comida ni bebida". Además añaden: "en diferentes localizaciones del recinto encontrarás barras en las que podrás adquirir agua mineral, cerveza, bebidas energéticas, bocadillos, sandwiches...".

La Ley 4/1995, de 10 de noviembre, de espectáculos públicos y actividades recreativas del País Vasco, indica en su artículo 21 que el derecho de admisión se ejercerá "de conformidad, en todo caso, con el principio de no discriminación, quedando excluida igualmente cualquier aplicación arbitraria o vejatoria. Habrá de sujetarse también, en su caso, a lo que establezca la normativa sobre calificación de espectáculos".

La organización no deja a los asistentes acceder con comida ni bebida. Es curioso que en el apartado otros consejos recomiendan: "Bebe mucha agua para evitar deshidratarte. Hará calor...".

El artículo 50 de la Ley 6/2003, de 22 de diciembre, del Estatuto de las Personas Consumidoras y Usuarias en la Comunidad Autónoma de Euskadi, señala que "constituyen infracciones en materia de normalización técnica, comercial y de prestación de servicios, así como en materia de condiciones o técnicas de venta o suministro de bienes o servicios: la inclusión, en las condiciones generales de los contratos que suscriban las personas consumidoras y usuarias o en las ofertas publicitarias, de cláusulas que limiten o vulneren los derechos reconocidos a las personas consumidoras y usuarias por las disposiciones que resulten aplicables".

Festival Internacional de Benicàssim FIB Heineken

La página web del FIB menciona entre las condiciones generales de la entrada que "la Organización se reserva el derecho de alterar, modificar o suspender el programa de FIB Heineken, en cualquier momento. En caso de cancelación total, la Organización se compromete a la devolución del importe del importe de la entrada. La devolución, en caso de cancelación, se podrá efectuar por la Organización dentro del plazo de quince días después de la fecha de comunicación pública de la cancelación".

Además añaden que "si la cancelación se realizara una vez transcurrida más de la mitad del espectáculo, no habrá devolución alguna. No obstante, el coste de distribución que los canales de venta aplican al precio de la entrada, no será devuelto en ningún caso por la Organización, dado que esta no es preceptora de dicho importe y que la prestación de este servicio se entiende realizada en el momento de la compra de la entrada".

La Ley de las Cortes Valencianas 4/2003, de 26 de febrero, de los Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos en su artículo 24 recoge que entre las obligaciones de los titulares de la actividad se encuentra las de "realizar el espectáculo o actividad de acuerdo con las condiciones ofertadas, salvo caso de fuerza mayor".

Respecto a la posibilidad de cancelar un concierto sin que exista causa justificada por parte del promotor, la misma normativa autonómica es suficientemente clara al indicar como infracción grave en su artículo 46, tanto en el punto 12, que considera así "la suspensión o alteración del contenido de los espectáculos públicos o actividades recreativas sin causa justificada", como en el 18, donde señala "la negativa a actuar por parte del artista sin causa justificada".

Entre los derechos del público, recogidos en el artículo 26 de la citada Ley, se encuentra el de "que se respeten por la empresa los términos contractuales derivados de la adquisición de las correspondientes localidades".

Primavera Sound y Sunfec Festival

Las condiciones generales del festival Primavera Sound indican que "una vez adquirida la entrada no será cambiada ni devuelto su importe, excepto en caso de cancelación del evento. La devolución, en caso de cancelación, se podrá efectuar por el organizador dentro del plazo de quince días desde la fecha de la comunicación pública de la cancelación. Si la suspensión se realiza una vez transcurrida más de la mitad del espectáculo, no habrá lugar a devolución alguna. Las malas condiciones climatológicas no dan derecho a devolución del importe de la entrada".

La Ley de la Comunidad Autónoma de Cataluña 11/2009, de 6 de julio, de regulación administrativa de los espectáculos públicos y las actividades recreativas, recoge en su artículo 6 que "los organizadores y los titulares tienen las siguientes obligaciones llevar a cabo efectivamente el espectáculo público o la actividad recreativa de acuerdo con lo que esté anunciado y en las condiciones con las que se hayan ofrecido al público, salvo que existan causas de fuerza mayor que lo impidan".

Además añade que deberán "devolver a los usuarios o espectadores el importe que hayan abonado en el caso de que el espectáculo o la actividad se suspenda o se modifique de forma esencial, y atender a las reclamaciones por este motivo que sean procedentes, de acuerdo con la legislación aplicable, salvo en los casos en que se haya anunciado a cada uno de los usuarios o espectadores, de forma expresa y clara, de que los organizadores o titulares se reservan el derecho de modificar la programación, o de los casos en que la suspensión o la modificación se produzcan una vez empezado el espectáculo o la actividad y sean debidas a causas fortuitas o de fuerza mayor".

Por su parte, el apartado "Normas y consejos" de la web de Sunfec Festival, recoge que "queda totalmente prohibido entrar y sacar cualquier tipo de bebida del festival, aunque haya sido adquirida en el mismo".

En el mismo listado añaden que "no se permitirá la salida del recinto del festival bajo ningún concepto antes de las 2 de la mañana. El Abandono antes de esa hora supondrá el tener que pagar nuevamente el ticket de entrada en caso de que se quiera volver a acceder al mismo". Obligando de esta manera a los asistentes a adquirir la bebida en los establecimientos ubicados en el interior del festival.

Tanto en el Primavera Sound como en el Sunfec Festival, FACUA considera que se vulnera la Ley Catalana 3/1993, de 5 de marzo, del Estatuto del Consumidor, donde se recoge que "el Gobierno velará por la aplicación de la legislación vigente con la finalidad de que los consumidores estén protegidos contra la práctica abusiva de la contratación, especialmente en relación a los contratos-tipo establecidos de forma unilateral, las prácticas que conllevan la exclusión en los contratos de los derechos irrenunciables y las cláusulas contractuales que resulten lesivas o abusivas para el consumidor".

Festival Estrella Levante Sos 4.8

En la página web del Festival Estrella Levante Sos 4.8 se incluye un apartado titulado "Condiciones Particulares, Venta de Entradas y Acceso al Recinto Ferial". En el apartado tercero referente a la "Suspensión o Cancelación o Anulación del Festival" se indica que "la organización se reserva el derecho de alterar, modificar o suspender el programa del Festival, en cualquier momento" y que sólo "en caso de cancelación total de las actuaciones musicales, la organización se compromete a la devolución del importe de la entrada".

Además añaden que "si la cancelación de las actuaciones musicales se realizara una vez transcurrida más de la mitad del espectáculo, no habrá devolución alguna" y que "la cancelación, total o parcial, del Festival por causas de fuerza mayor en ningún caso dará lugar a la devolución del importe de la entrada".

Se vulnera el artículo 27 de la Ley 4/1996, de 14 de Junio, del Estatuto de los Consumidores y Usuarios de la Región de Murcia que, considera infracciones en materia de normalización, documentación y condiciones de venta y en materia de suministros o de prestación de servicios, entre otras, "la inclusión o aplicación de cláusulas abusivas en la oferta o promoción de productos o servicios, en los contratos o en la propia ejecución de éstos".

Por otro lado, el artículo 28 de la misma norma tipifica como infracción en materia de consumo aquellas conductas ilegítimamente limitadoras de la libertad de elección del consumidor o usuario".

Festival Arte-Nativo Viña Rock

El Festival Arte-Nativo Viña Rock facilita en su página web una guía donde se recogen consejos y normas del cumplimiento para los asistentes. Entre ellos se indica que "no está permitido el acceso al Recinto Ferial con ningún tipo de comida o bebida. En su interior puedes encontrar bares y puestos de comida de diversos estilos y precios".

De acuerdo a la normativa autonómica, artículo 11 de la Ley 11/2005, de 15 de diciembre, del Estatuto del Consumidor, los consumidores tendrán derecho a "que no se incluyan en los contratos cláusulas o estipulaciones no negociadas individualmente que perjudiquen al consumidor, contra la buena fe, causando un desequilibrio Importante de los derechos y obligaciones de las partes que se deriven del contrato".


realmente las quejas están justificadas, excepto tal vez lo de las cancelaciones, ya que si se cancela una parte por fuerza mayor (condiciones climatológicas, caídas de cartel) o se cancela menos de la mitad de un festival, entiendo que la no devolución del importe entraría dentro de lo aceptado por la ley que menciona el artículo, así que la denuncia no es tan justificable

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Mensaje por KIM_BACALAO Miér 2 Jun 2010 - 11:55

javiviramone escribió:y van a hacer algo al respecto?

lo dudo

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