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Mensaje por michi Miér Abr 06 2011, 08:55

si hay alguno con unos minutos libres quiero consultarle una duda
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Mensaje por michi Miér Abr 06 2011, 08:59

a alguien le han quitado la deducción por vivienda habitual?????

me refiero a que haya cometido algún error y como consecuencia se la quiten, y encima le hagan devolver toda la pasta


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Mensaje por KIM_BACALAO Miér Abr 06 2011, 20:52

michi, y no sabes por qué te la han quitado?

tenías alquiler o era hipoteca?

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Mensaje por R.O.C.K.E.R Miér Abr 06 2011, 20:55

michi escribió:a alguien le han quitado la deducción por vivienda habitual?????

me refiero a que haya cometido algún error y como consecuencia se la quiten, y encima le hagan devolver toda la pasta



Yo he currado en Hacienda. Explícate un poco más, pero si te has estado deduciendo y no tenías derecho, efectivamente tienes que devolver toda la pasta que te hayas deducido en las declaraciones pasadas.

Otra cosa es que sea un fallito y no te han puesto la deducción, suele pasar cuando es el 3er año que te aplicas la deducción, porque hay que prorratear para saber cuánto te corresponde de la deducción "grande" de los 2 primeros años y cuánto de la siguiente.
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Mensaje por R'as Kal Bhul Miér Abr 06 2011, 20:57

R.O.C.K.E.R escribió:

Yo he currado en Hacienda. Explícate un poco más, pero si te has estado deduciendo y no tenías derecho, efectivamente tienes que devolver toda la pasta que te hayas deducido en las declaraciones pasadas.


COn intereses y una multa, no Rocker?
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Mensaje por vynylo Miér Abr 06 2011, 21:07

michi escribió:a alguien le han quitado la deducción por vivienda habitual?????

me refiero a que haya cometido algún error y como consecuencia se la quiten, y encima le hagan devolver toda la pasta



ya te estabas deduciendo por adquisicion de tu vivienda, o tenias una cuenta ahorro vivienda, no has adquirido en plazo y te hacen devolver la pasta?

si te estabas deduciendo por vivienda habitual, no lo es, y te han cazado (por ejemplo la has alquilado y el inquilino la ha declarado en su renta) mal asunto.
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Mensaje por R.O.C.K.E.R Miér Abr 06 2011, 22:18

R'as Kal Bhul escribió:
R.O.C.K.E.R escribió:

Yo he currado en Hacienda. Explícate un poco más, pero si te has estado deduciendo y no tenías derecho, efectivamente tienes que devolver toda la pasta que te hayas deducido en las declaraciones pasadas.


COn intereses y una multa, no Rocker?

Intereses sí, multa no.
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Mensaje por Inframan Miér Abr 06 2011, 22:24

Yo cuando estuve en prisión, allá en los tiempos de cuando Maikol Jackson era negro, tampoco pude deducir mi celda como vivienda habitual.
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Mensaje por michi Miér Abr 06 2011, 22:57

os explico

el caso es de mi novia, no mío

ella se compró se fue a vivir a su piso nuevo en 2007, no sé que mes, pero sí sé que habían pasado dos años y x meses cuando lo alquiló a una chica para poder irse a tarragona a hacer la residencia de matrona. Se alquiló un piso en tarragona y encima al poco tiempo se empadronó allí. Tuvo que alquilar su piso en cs para poder costearse un alquiler en tarragona, y además como residente cobra una puta mierda y va de culo. El caso es que según me he enterado, si se alquila otro piso antes de que hayan pasado tres años le toca devolver todo lo deducido. O eso o esperar a ver si cuela

si estoy en lo cierto, tocará pagar los tres años y dejar de percibir este beneficio hasta que acabe de pagar el piso, no??

vaya faena

alguna forma de evitarlo??? estamos en contacto con un gestor, pero de momento no hay nada claro
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Mensaje por michi Miér Abr 06 2011, 23:27

KIM_BACALAO escribió:michi, y no sabes por qué te la han quitado?

tenías alquiler o era hipoteca?

ah, y no se la han quitado

tenemos la sospecha de lo que puede pasar

estaría bien anticiparse


pero creo que ya es demasiado tarde
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Mensaje por vynylo Miér Abr 06 2011, 23:43

michi escribió:os explico

el caso es de mi novia, no mío

ella se compró se fue a vivir a su piso nuevo en 2007, no sé que mes, pero sí sé que habían pasado dos años y x meses cuando lo alquiló a una chica para poder irse a tarragona a hacer la residencia de matrona. Se alquiló un piso en tarragona y encima al poco tiempo se empadronó allí. Tuvo que alquilar su piso en cs para poder costearse un alquiler en tarragona, y además como residente cobra una puta mierda y va de culo. El caso es que según me he enterado, si se alquila otro piso antes de que hayan pasado tres años le toca devolver todo lo deducido. O eso o esperar a ver si cuela

si estoy en lo cierto, tocará pagar los tres años y dejar de percibir este beneficio hasta que acabe de pagar el piso, no??

vaya faena

alguna forma de evitarlo??? estamos en contacto con un gestor, pero de momento no hay nada claro

asi deprisa y corriendo te paso esto, luego te lo miro con mas detenimiento que voy de culo.

Concepto de vivienda habitual. (Arts. 68.1 3º y 4º f) Ley IRPF; 54 y 55.2 Reglamento)
Se entiende por vivienda habitual, a efectos de esta deducción, la edifi cación que cumpla los
siguientes requisitos:
1º Que constituya la residencia del contribuyente durante un plazo continuado de, al
menos, tres años.
No obstante, se entenderá que la vivienda tuvo el carácter de habitual cuando, a pesar de no
haber transcurrido los tres años indicados
, se produzca el fallecimiento del contribuyente o
concurran otras circunstancias que necesariamente exijan el cambio de domicilio, tales como
celebración de matrimonio, separación matrimonial, traslado laboral, obtención del primer
empleo, cambio de empleo, u otras circunstancias análogas justifi cadas
.
Se entenderá igualmente como circunstancia que necesariamente exige el cambio de vivienda
el hecho de que la anterior resulte inadecuada como consecuencia de la discapacidad del propio
contribuyente o de su cónyuge o un pariente, en línea directa o colateral, consanguínea o por
afi nidad, hasta el tercer grado inclusive, que conviva con él.
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Mensaje por KIM_BACALAO Miér Abr 06 2011, 23:53

efectivamente creo que vais a tener suerte:

http://todoproductosfinancieros.com/deduccion-vivienda-habitual/

En primer lugar, es importante conocer a que se llama vivienda habitual. Se considera vivienda habitual a la edificación destinada a residencia del contribuyente, siendo ésta debiendo ser ocupada de forma efectiva en un plazo máximo de 1 año desde la adquisición y durante un periodo mínimo de tres años, que puede ser menos en los siguientes casos:

■Boda.
■Separación matrimonial.
Traslado laboral.
■Obtención del primer empleo.
■Cambio de empleo.
■Inadecuación en caso de minusvalía.
■Fallecimiento del contribuyente.


yo creo que tu chica se puede acoger a eso. Otra cosa es que durante el alquiler ya no se pueda deducir su vivienda en propiedad, pero sí tal vez el alquiler de la que es su nueva vivienda habitual. Y a lo mejor no en la parte proporcional al tiempo que ha sido su vivienda habitual, sino sólo una de las dos para todo el ejercicio fiscal, en función de la que haya sido más tiempo su viv. habitual. Ahí se puede complicar la cosa, pero creo que lo de las deducciones anteriores está claro, no las va a perder

más respuestas en su favor:

http://www.todoexpertos.com/categorias/negocios/fiscalidad/respuestas/1426825/vivienda-habitual-traslado-por-motivos-laborales
mira el principio de la respuesta, el primer párrafo
y el resto de la respuesta más o menos va en la linea de lo que he dicho del alquiler

en alguna otra web leo alguna respuesta en el sentido de que te podrías seguir deduciendo tu vivienda habitual, pero dado que su inquilino ya lo va a hacer, no creo que tu novia pueda acogerse a eso, mejor que se deduzca el alquiler en su nueva residencia


hope that helps!

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Mensaje por michi Miér Abr 06 2011, 23:57

vynylo escribió:
michi escribió:os explico

el caso es de mi novia, no mío

ella se compró se fue a vivir a su piso nuevo en 2007, no sé que mes, pero sí sé que habían pasado dos años y x meses cuando lo alquiló a una chica para poder irse a tarragona a hacer la residencia de matrona. Se alquiló un piso en tarragona y encima al poco tiempo se empadronó allí. Tuvo que alquilar su piso en cs para poder costearse un alquiler en tarragona, y además como residente cobra una puta mierda y va de culo. El caso es que según me he enterado, si se alquila otro piso antes de que hayan pasado tres años le toca devolver todo lo deducido. O eso o esperar a ver si cuela

si estoy en lo cierto, tocará pagar los tres años y dejar de percibir este beneficio hasta que acabe de pagar el piso, no??

vaya faena

alguna forma de evitarlo??? estamos en contacto con un gestor, pero de momento no hay nada claro

asi deprisa y corriendo te paso esto, luego te lo miro con mas detenimiento que voy de culo.

Concepto de vivienda habitual. (Arts. 68.1 3º y 4º f) Ley IRPF; 54 y 55.2 Reglamento)
Se entiende por vivienda habitual, a efectos de esta deducción, la edifi cación que cumpla los
siguientes requisitos:
1º Que constituya la residencia del contribuyente durante un plazo continuado de, al
menos, tres años.
No obstante, se entenderá que la vivienda tuvo el carácter de habitual cuando, a pesar de no
haber transcurrido los tres años indicados
, se produzca el fallecimiento del contribuyente o
concurran otras circunstancias que necesariamente exijan el cambio de domicilio, tales como
celebración de matrimonio, separación matrimonial, traslado laboral, obtención del primer
empleo, cambio de empleo, u otras circunstancias análogas justifi cadas
.
Se entenderá igualmente como circunstancia que necesariamente exige el cambio de vivienda
el hecho de que la anterior resulte inadecuada como consecuencia de la discapacidad del propio
contribuyente o de su cónyuge o un pariente, en línea directa o colateral, consanguínea o por
afi nidad, hasta el tercer grado inclusive, que conviva con él.

exacto

había visto este artículo

lo que ha hecho mi novia es pedir un justificante o certificado al hospital de tarragona donde trabaja, para tramitar la renta de este año con arreglo a este cambio de domicilio por motivos justificados

el caso es que tendrá que declarar el alquiler en tarragona y el de su piso en castellón, imagino

eso en la renta no tengo ni puta idea de cómo se come (hablo de casillas y demás), pero bueno, será cuestión de mirarlo


muchas gracias por la ayuda vinilo. Esto arreglaría el problema más importante, que sería el perder las deducciones hasta que se acabara de pagar el piso, dentro de mil años más o menos Very Happy
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Mensaje por michi Jue Abr 07 2011, 00:02

KIM_BACALAO escribió:efectivamente creo que vais a tener suerte:

http://todoproductosfinancieros.com/deduccion-vivienda-habitual/

En primer lugar, es importante conocer a que se llama vivienda habitual. Se considera vivienda habitual a la edificación destinada a residencia del contribuyente, siendo ésta debiendo ser ocupada de forma efectiva en un plazo máximo de 1 año desde la adquisición y durante un periodo mínimo de tres años, que puede ser menos en los siguientes casos:

■Boda.
■Separación matrimonial.
Traslado laboral.
■Obtención del primer empleo.
■Cambio de empleo.
■Inadecuación en caso de minusvalía.
■Fallecimiento del contribuyente.


yo creo que tu chica se puede acoger a eso. Otra cosa es que durante el alquiler ya no se pueda deducir su vivienda en propiedad, pero sí tal vez el alquiler de la que es su nueva vivienda habitual. Y a lo mejor no en la parte proporcional al tiempo que ha sido su vivienda habitual, sino sólo una de las dos para todo el ejercicio fiscal, en función de la que haya sido más tiempo su viv. habitual. Ahí se puede complicar la cosa, pero creo que lo de las deducciones anteriores está claro, no las va a perder

más respuestas en su favor:

http://www.todoexpertos.com/categorias/negocios/fiscalidad/respuestas/1426825/vivienda-habitual-traslado-por-motivos-laborales
mira el principio de la respuesta, el primer párrafo
y el resto de la respuesta más o menos va en la linea de lo que he dicho del alquiler

en alguna otra web leo alguna respuesta en el sentido de que te podrías seguir deduciendo tu vivienda habitual, pero dado que su inquilino ya lo va a hacer, no creo que tu novia pueda acogerse a eso, mejor que se deduzca el alquiler en su nueva residencia


hope that helps!

gracias bacalutti

el caso es que dudo que su inquilina se deduzca nada, porque cobra bastante más de 24000 euros, que creo que son los necesarios para deducirte el alquiler

mi novia sí que podría porque en la residencia en tarragona cobra poco

entonces, si ella se alquila un piso en tarragona pierde el derecho a deducción de su vivienda habitual, durante el tiempo que esté alquilada???

y en ese caso, únicamente podría deducirse su alquiler en tarragona, no???

es lo que quieres decir???


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Mensaje por R.O.C.K.E.R Jue Abr 07 2011, 00:11

No creo que pase nada.
-No importa donde esté empadronada. El domicilio fiscal, el que declaras a Hacienda como vivienda oficial no tiene que ver con el Padrón
- Si la persona que está alquilada en el piso propiedad de tu novia no se desgrava ese alquiler, o lo tenéis sin contrato ni nada, que siga diciendo que esa es su vivienda habitual.
- Si no, que alegue un traslado de vivienda por motivos de trabajo. Ya no puede deducir nada por la hipoteca, pero no tiene que devolver nada. ELLA NO SABÍA QUE TENDRÍA QUE MARCHARSE CUANDO EMPEZÓ A DEDUCIR.
-Si la persona que está alquilada se lo va a desgravar, entonces tenéis que declarar lo que os paga por el alquiler. De ahí os deducís los intereses de las letras hipotecarias y cualquier tipo de gasto relacionado con el piso/casa.
- Puede que tu novia también tenga derecho a deducción por el alquiler que esté pagando en Tarragona: miradlo, no recuerdo cómo ha quedado ese tema. En principio hay que ser menor de 36 años, pero luego cada Comunidad tiene su rollo.
- En general, va a salir perdiendo en la declaración, pero no hay porqué alarmarse.
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Mensaje por KIM_BACALAO Jue Abr 07 2011, 00:15

michi escribió:entonces, si ella se alquila un piso en tarragona pierde el derecho a deducción de su vivienda habitual, durante el tiempo que esté alquilada???

y en ese caso, únicamente podría deducirse su alquiler en tarragona, no???

es lo que quieres decir???



sí, es lo que quiero decir

pero ahí no lo tengo tan claro, y menos en tu caso...

en ese segundo link más o menos hablan del tema:

Segunda pregunta: Si ahora vivo en cataluña.. ¿ puedo seguir deduciendo por adquirir la vivienda en Andalucía??
Si aplicamos la normativa a rajatabla, habría que ver donde tienes tu residencia. Esta es donde habitas al menos 183 días al año. Si estás más días en cataluña en tu piso de alquiler que en Andalucía en tu piso de propiedad, habría que entender que tu vivienda habitual no es la de Andalucía, y no podrías seguir deduciendo.

Ahora bien, aplicar lo anterior sería ser más papistas que el papa, porque tu puedes alegar que a pesar de trabajar para una empresa radicada en cataluña, tu residencia habitual sigue estando en andalucía. Y más, cuando la propia ley dice que en caso de duda ( más o menos), la residencia habitual está donde resida el cónyuge y los hijos menores.

Con todo esto, yo haría lo siguiente: no cambiar el domicilio fiscal, no cambiar el padrón, no deducir nada por alquiler de vivienda en caso de que tuvieras derecho ( no conozco la normativa catalana). Es decir, actuar como si el piso de Cataluña lo tuvieras para ir de vez en cuando.

Con esto, no tendrás ningún problema en seguir deduciendo por la vivienda que estás adquiriendo en Andalucía, y que a efectos oficiales es tu residencia habitual.


pero claro, tu novia no ha actuado del todo como si lo de tarragona fuera algo puntual. Ha firmado un contrato de alquiler con la inquilina de su piso en propiedad que supongo que será por 1 año prorrogable a 5, no? Y se ha empadronado en tarragona (igual esta es la gran cagada)... vamos, que si os investigan un poco todo da la impresión de que va para largo.

lo que no sé es hasta qué punto se ponen tan picajosos con esas cosas. Igual tu chica hace su declaración deduciéndose su vivienda de propiedad y no pasa nada (mientras nadie se deduzca también el alquiler de esa casa y tu novia no se deduzca también el alquiler en tarragona). O igual sí que pasa y le hacen demostrar que sigue siendo esa su vivienda habitual (creo que a veces te llaman para aclarar detalles), pero tampoco se pone muy exigentes, y en seguida te lo aceptan. O igual la cosa se pone más fea.
Yo de vosotros me arriesgaría, pero por si acaso eso ya te lo tiene que estudiar un profesional que conozca bien a los de hacienda, creo yo (yo curré haciendo declaraciones durante una campaña de la renta hace 10 años, no tengo mucha más idea de esas cosas), y que sepa las probabilidades de que salga mal, y lo que puedes perder si es así.

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Mensaje por KIM_BACALAO Jue Abr 07 2011, 00:16

R.O.C.K.E.R escribió:No creo que pase nada.
-No importa donde esté empadronada. El domicilio fiscal, el que declaras a Hacienda como vivienda oficial no tiene que ver con el Padrón
- Si la persona que está alquilada en el piso propiedad de tu novia no se desgrava ese alquiler, o lo tenéis sin contrato ni nada, que siga diciendo que esa es su vivienda habitual.
- Si no, que alegue un traslado de vivienda por motivos de trabajo. Ya no puede deducir nada por la hipoteca, pero no tiene que devolver nada. ELLA NO SABÍA QUE TENDRÍA QUE MARCHARSE CUANDO EMPEZÓ A DEDUCIR.
-Si la persona que está alquilada se lo va a desgravar, entonces tenéis que declarar lo que os paga por el alquiler. De ahí os deducís los intereses de las letras hipotecarias y cualquier tipo de gasto relacionado con el piso/casa.
- Puede que tu novia también tenga derecho a deducción por el alquiler que esté pagando en Tarragona: miradlo, no recuerdo cómo ha quedado ese tema. En principio hay que ser menor de 36 años, pero luego cada Comunidad tiene su rollo.
- En general, va a salir perdiendo en la declaración, pero no hay porqué alarmarse.

tiene bastante sentido, sí

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Mensaje por R.O.C.K.E.R Jue Abr 07 2011, 00:20

KIM_BACALAO escribió:
michi escribió:entonces, si ella se alquila un piso en tarragona pierde el derecho a deducción de su vivienda habitual, durante el tiempo que esté alquilada???

y en ese caso, únicamente podría deducirse su alquiler en tarragona, no???

es lo que quieres decir???



sí, es lo que quiero decir

pero ahí no lo tengo tan claro, y menos en tu caso...

en ese segundo link más o menos hablan del tema:

Segunda pregunta: Si ahora vivo en cataluña.. ¿ puedo seguir deduciendo por adquirir la vivienda en Andalucía??
Si aplicamos la normativa a rajatabla, habría que ver donde tienes tu residencia. Esta es donde habitas al menos 183 días al año. Si estás más días en cataluña en tu piso de alquiler que en Andalucía en tu piso de propiedad, habría que entender que tu vivienda habitual no es la de Andalucía, y no podrías seguir deduciendo.

Ahora bien, aplicar lo anterior sería ser más papistas que el papa, porque tu puedes alegar que a pesar de trabajar para una empresa radicada en cataluña, tu residencia habitual sigue estando en andalucía. Y más, cuando la propia ley dice que en caso de duda ( más o menos), la residencia habitual está donde resida el cónyuge y los hijos menores.

Con todo esto, yo haría lo siguiente: no cambiar el domicilio fiscal, no cambiar el padrón, no deducir nada por alquiler de vivienda en caso de que tuvieras derecho ( no conozco la normativa catalana). Es decir, actuar como si el piso de Cataluña lo tuvieras para ir de vez en cuando.

Con esto, no tendrás ningún problema en seguir deduciendo por la vivienda que estás adquiriendo en Andalucía, y que a efectos oficiales es tu residencia habitual.


pero claro, tu novia no ha actuado del todo como si lo de tarragona fuera algo puntual. Ha firmado un contrato de alquiler con la inquilina de su piso en propiedad que supongo que será por 1 año prorrogable a 5, no? Y se ha empadronado en tarragona (igual esta es la gran cagada)... vamos, que si os investigan un poco todo da la impresión de que va para largo.

lo que no sé es hasta qué punto se ponen tan picajosos con esas cosas. Igual tu chica hace su declaración deduciéndose su vivienda de propiedad y no pasa nada (mientras nadie se deduzca también el alquiler de esa casa y tu novia no se deduzca también el alquiler en tarragona). O igual sí que pasa y le hacen demostrar que sigue siendo esa su vivienda habitual (creo que a veces te llaman para aclarar detalles), pero tampoco se pone muy exigentes, y en seguida te lo aceptan. O igual la cosa se pone más fea.
Yo de vosotros me arriesgaría, pero por si acaso eso ya te lo tiene que estudiar un profesional que conozca bien a los de hacienda, creo yo (yo curré haciendo declaraciones durante una campaña de la renta hace 10 años, no tengo mucha más idea de esas cosas), y que sepa las probabilidades de que salga mal, y lo que puedes perder si es así.

Efestivamente, eso se puede hacer perfectamente. Lo malo es si la inquilina de su piso se intenta desgravar: tiene que dar el NIF del arrendador, y automáticamente la otra declaración va a hacer saltar las alarmas si no aparecen unos ingresos por alquilar una vivienda. El padrón no cuenta.

Lo seguro, seguro, es decir la verdad, que intente deducirse por lo que paga de alquiler en Tarragona y ya volverá a deducir por la hipoteca cuando vuelva.
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Mensaje por michi Jue Abr 07 2011, 01:41

okey, gracias a tutti, me sois de gran ayuda

lo cierto es que estamos acojonados porque ella hace unos años tenía dos sueldos de dos hospitales públicos diferentes, tuvo un accidente y le dieron de baja en los dos, cobrándola. Fijaos el panorama, se dio de baja en uno de los dos trabajos

en aquél momento pagaba cada año unos 4000-5000 euros a hacienda, y el año pasado fue el primero que cobró. Para mil euros que le devolvían le estuvieron revisando la renta de arriba abajo. A su padre tb se la revisan siempre

además ella tiene la quinta parte de un piso en propiedad con sus hermanos que nunca sale en la renta. Una cosa muy rara.

por eso creo que lo mejor será ir haciendo las cosas bien
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Mensaje por vynylo Jue Abr 07 2011, 03:22

michi escribió:okey, gracias a tutti, me sois de gran ayuda

lo cierto es que estamos acojonados porque ella hace unos años tenía dos sueldos de dos hospitales públicos diferentes, tuvo un accidente y le dieron de baja en los dos, cobrándola. Fijaos el panorama, se dio de baja en uno de los dos trabajos

en aquél momento pagaba cada año unos 4000-5000 euros a hacienda, y el año pasado fue el primero que cobró. Para mil euros que le devolvían le estuvieron revisando la renta de arriba abajo. A su padre tb se la revisan siempre

además ella tiene la quinta parte de un piso en propiedad con sus hermanos que nunca sale en la renta. Una cosa muy rara.

por eso creo que lo mejor será ir haciendo las cosas bien

Hola, en mi opinión:

1-las deducciones realizadas mientras era su vivienda no las pierde aunque no haya estado tres años por lo anteriormente visto (traslado de puesto de trabajo).

2-Cada comunidad autónoma tiene unas deducciones por alquiler, mirar como esta en la vuestra, y si entra en los requisitos, a deducirse por alquiler.

3-el alquiler de su piso, que lo declare en renta dentro de rendimientos de capital inmobiliario, (doy por hecho que se lo alquila a persona física y como vivienda) hay una reducción del 50% del rendimiento neto, y puede ser hasta del 100% (usease que no tributaria por este concepto) marchando un copy paste:

“Cuando el arrendatario tenga una edad comprendida entre 18 y 35 años y unos rendimientos netos del trabajo o de actividades económicas en el período impositivo superiores a 7.455,14 euros,
importe del indicador público de renta de efectos múltiples para el ejercicio 2010 (IPREM).”

4-obviamente nada de deducción por adquisición de vivienda habitual mientras la tenga alquilada, y tenga otro domicilio, cuando vuelva a su casa a retomar las deducciones.

Esto sería haciéndolo bien, si queremos deducción por vivienda habitual y no tributar por el alquiler, skynet puede pillarnos por cruce de las declaraciónes de tu novia y el arrendado.

Un saludo.
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Mensaje por michi Jue Abr 07 2011, 04:10

muchas gracias vynilo, gracias por todo tio
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Mensaje por michi Jue Abr 07 2011, 10:04

tengo más dudas peña

el borrador de ella sale a pagar 600 pavos

el año pasado tenía que pagar 80, lo revisamos, no tenía incluido el piso, y al final le pagaron 1500 euros

este año, cobrando menos que el anterior, sale a pagar 600. Es obvio que se han equivocado en algo grave. Lo revisaré.

El tema está en, una vez la rehago, hacerla correctamente. La clave está en.. ella tiene que declarar que tiene el piso, cuya propiedad posee, en alquiler obligatoriamente?? o es la inquilina la que lo saca a la luz en caso de que ella declare ese alquiler????

lo digo porque la inquilina está en la misma situación que mi novia y a lo mejor no le conviene declararlo, pues ella tb tiene un piso, pero en Galicia.

si ella deja las cosas como si estuviera en su domicilio y no toca nada, Hacienda no se extrañará de que tenga un salario de un Hospital de Tarragona? No tendría porqué, no??Podría darse el caso de alquilarse una habitación en un piso compartido, no declarar su alquiler, y seguir pagando su casa en castellón, como hace religiosamente.


es un tema muy importante para saber como empieza la cosa


Y en caso de declarar el alquiler de tarragona y asumir que tiene su piso alquilado, si en cada comunidad hay un baremo anual para saber si puedes pedir esa deducción, como y en qué casilla se pone este tema?
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Mensaje por Inframan Miér Abr 27 2011, 04:00

Otra preguntica no más a los gestores del aforo:

En el caso de un cantante que se jubila a la edad legal pero al cabo de un tiempo quiere volver a trabajar esporádicamente (sea un concierto, una máster class, etc.), ¿puede dejar de cobrar la prestación de jubilación y volver a darse de alta de forma temporal?

Gracias y perdón por la intromisión, señorías.
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Mensaje por Inframan Miér Abr 27 2011, 04:31

Pregunta de quesito:

Cuando dan a un jubilado clínicamente muerto y luego resucita al cabo de dos días, ¿vuelve a cobrar la pensión de jubilación, ha de volver a cotizar otros 15 años o le dan un subsidio de zombie?
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Mensaje por michi Miér Abr 27 2011, 10:01

bueno, entonces.....

en cataluña, alguien sabe cuanto hay que cobrar para poder deducirse un puto alquiler???

leo por ahí que 20000 euros, lo que me parece acojonante. veinte mil brutos?? por favorrrrrrr

pero en la ley pone algo así como "Que la suma de las bases imponibles general y del ahorro del contribuyente menos el mínimo personal y familiar no supere 20.000 euros anuales. "

que coño es el mínimo personal???

mi novia ha cobrado 25000 brutos este año.. pero la cuestión es que ha cobrado bien hasta mayo y una puta mierda en tarragona desde que se fue a hacer la residencia allí

no hay nada que hacer para deducirse ese alquiler no????

y, por otro lado

sin deducción de vivienda habitual, ya que su inquilina sí va a declarar el alquiler del piso de mi novia, le sale a pagar 600 pavos, y con deducción le sale a cobrar 500. Está claro que si la inquilina declara el alquiler no hay nada que hacer, y lo mejor sería no tentar a la suerte, no??? Quiero decir, habría que hacerlo legal sí o sí


bacaluttiiii y cía, apiadaros de miii
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Mensaje por La Bruja Avería Miér Abr 27 2011, 20:39

Los inmuebles que posees o que están a tu disposición es obligatorio declararlos sí o sí. Especialmente los que figuran a tu nombre en el registro de la propiedad, aunque sea en una quinta parte. Ahí es dónde más fácil te pueden pillar.

Lo de que te toque pagar o no pagar, también depende de lo mucho o poco que te retengan en el sueldo. En teoría, las retenciones sobre el salario deberían hacerse de forma que no salgan ni a pagar ni a devolver en el momento de presentar la declaración, pero mi experiencia personal me dice que muchas veces no se cumple.
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Mensaje por La Bruja Avería Miér Abr 27 2011, 20:42

Por cierto, una pregunta, ya puestos...

Si durante 8 años he pagado tantos mil euros, que me dan derecho a deducción sobre vivienda habitual, y me cambié de casa el año pasado, en teoría no puedo desgravar por mi vivienda nueva hasta que no haya invertido los tantos mil euros que invertí los 8 años precedentes en mi vivienda anterior...

Peeero.... si las declaraciones prescriben a los 5 años, y Hacienda no guarda registros de las más antiguas: ¿cómo coño van ellos a verificar lo que desgravé los primeros 3 años?

Es que, por pasarme de legalista, no quiero hacer el primo una vez más, que ya van unas cuantas...
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Mensaje por R'as Kal Bhul Miér Abr 27 2011, 20:48

La Bruja Avería escribió:Por cierto, una pregunta, ya puestos...

Si durante 8 años he pagado tantos mil euros, que me dan derecho a deducción sobre vivienda habitual, y me cambié de casa el año pasado, en teoría no puedo desgravar por mi vivienda nueva hasta que no haya invertido los tantos mil euros que invertí los 8 años precedentes en mi vivienda anterior...

Peeero.... si las declaraciones prescriben a los 5 años, y Hacienda no guarda registros de las más antiguas: ¿cómo coño van ellos a verificar lo que desgravé los primeros 3 años?

Es que, por pasarme de legalista, no quiero hacer el primo una vez más, que ya van unas cuantas...

Yo no creo que Hacienda elimine esos registros. SImplemente no te pueden reclamar por declaraciones de cinco años atrás.
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Mensaje por La Bruja Avería Miér Abr 27 2011, 20:51

Michi, creo que la deducción por alquiler de vivienda habitual sólo es posible este año si la base imponible es inferior a 24000 y pico euros...

Lo que viene a ser que tu chica probablemente no podrá, pero es es mejor que lo consultes en hacienda....
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Mensaje por R'as Kal Bhul Miér Abr 27 2011, 20:55

La Bruja Avería escribió:Michi, creo que la deducción por alquiler de vivienda habitual sólo es posible este año si la base imponible es inferior a 24000 y pico euros...

Lo que viene a ser que tu chica probablemente no podrá, pero es es mejor que lo consultes en hacienda....

Yo creo que si la vivienda la compraste antes del 2004 te sigues beneficiando de la legislación anterior (la que estaba en vigor cuando compraste), no?
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Mensaje por La Bruja Avería Miér Abr 27 2011, 21:22

R'as Kal Bhul escribió:
La Bruja Avería escribió:Michi, creo que la deducción por alquiler de vivienda habitual sólo es posible este año si la base imponible es inferior a 24000 y pico euros...

Lo que viene a ser que tu chica probablemente no podrá, pero es es mejor que lo consultes en hacienda....

Yo creo que si la vivienda la compraste antes del 2004 te sigues beneficiando de la legislación anterior (la que estaba en vigor cuando compraste), no?

Hablamos del alquiler....
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Mensaje por La Bruja Avería Miér Abr 27 2011, 21:23

R'as Kal Bhul escribió:

Yo no creo que Hacienda elimine esos registros. SImplemente no te pueden reclamar por declaraciones de cinco años atrás.

Si pides certificados de IRPF más antiguos de 5 años, te dicen que no los tienen... o al menos, eso me dijeron a mí....
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Mensaje por R'as Kal Bhul Miér Abr 27 2011, 21:23

La Bruja Avería escribió:
R'as Kal Bhul escribió:
La Bruja Avería escribió:Michi, creo que la deducción por alquiler de vivienda habitual sólo es posible este año si la base imponible es inferior a 24000 y pico euros...

Lo que viene a ser que tu chica probablemente no podrá, pero es es mejor que lo consultes en hacienda....

Yo creo que si la vivienda la compraste antes del 2004 te sigues beneficiando de la legislación anterior (la que estaba en vigor cuando compraste), no?

Hablamos del alquiler....

Ok, perdona.
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Mensaje por michi Miér Abr 27 2011, 23:45

La Bruja Avería escribió:
R'as Kal Bhul escribió:
La Bruja Avería escribió:Michi, creo que la deducción por alquiler de vivienda habitual sólo es posible este año si la base imponible es inferior a 24000 y pico euros...

Lo que viene a ser que tu chica probablemente no podrá, pero es es mejor que lo consultes en hacienda....

Yo creo que si la vivienda la compraste antes del 2004 te sigues beneficiando de la legislación anterior (la que estaba en vigor cuando compraste), no?

Hablamos del alquiler....

sí, creo que en la mayoría de sitios hablamos de 24000 brutos, con lo cual ella sobrepasa por mil euros

en cataluña había leído 20000 o 30000 en renta de pareja

vaya putadón

es que ella sobrepasa eso por los primeros meses del año con su antiguo trabajo en cs

yo lo voy a poner igualmente, y si cuela cuela Laughing Laughing Laughing ahí no pierdo nada, no le van a sancionar por probar

gracias brujilla



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Mensaje por michi Miér Abr 27 2011, 23:46

ahí en catalufolandia no tenéis alguna ayuda extra para jóvenes o algo?????

mi chica tampoco se pudo beneficiar de la ayuda de alquiler porque tiene un piso en propiedad
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Mensaje por michi Miér Abr 27 2011, 23:46

bueno, creo que el tener su piso es motivo suficiente para no poder acceder a ninguna de las ayudas
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Mensaje por Enric67 Sáb Dic 03 2022, 06:05

Perdón por reflotar esto tan antiguo,
¿alguien sabe si es normal "pagar" a la hora de hacer una oferta a los vendedores de un piso?.
Nos dicen que para que se vea que la oferta es seria, se hace un contrato privado pagando 3000€ y que si la oferta se rechaza, el dinero se devuelve.
No lo había escuchado jamás, y es algo que se acaba de encontrar mi hija.
Hemos conocido a los vendedores del piso, es decir, no es una oferta "fantasma".
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Mensaje por Gregg Sáb Dic 03 2022, 06:13

Enric67 escribió:Perdón por reflotar esto tan antiguo,
¿alguien sabe si es normal "pagar" a la hora de hacer una oferta a los vendedores de un piso?.
Nos dicen que para que se vea que la oferta es seria, se hace un contrato privado pagando 3000€ y que si la oferta se rechaza, el dinero se devuelve.
No lo había escuchado jamás, y es algo que se acaba de encontrar mi hija.
Hemos conocido a los vendedores del piso, es decir, no es una oferta "fantasma".

se le llama "señal" a eso, no es raro verlo (he trabajado en el mercado inmobiliario)
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Mensaje por Enric67 Sáb Dic 03 2022, 06:16

Gregg escribió:
Enric67 escribió:Perdón por reflotar esto tan antiguo,
¿alguien sabe si es normal "pagar" a la hora de hacer una oferta a los vendedores de un piso?.
Nos dicen que para que se vea que la oferta es seria, se hace un contrato privado pagando 3000€ y que si la oferta se rechaza, el dinero se devuelve.
No lo había escuchado jamás, y es algo que se acaba de encontrar mi hija.
Hemos conocido a los vendedores del piso, es decir, no es una oferta "fantasma".

se le llama "señal" a eso, no es raro verlo (he trabajado en el mercado inmobiliario)

Ok, muchas gracias. Wink
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Mensaje por rockero deprimido Sáb Dic 03 2022, 06:36

Yo diría que es bastante habitual , para ahuyentar mareadores
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Mensaje por Enric67 Sáb Dic 03 2022, 06:52

rockero deprimido escribió:Yo diría que es bastante habitual , para ahuyentar mareadores

Tiene sentido, si van a realizar una gestión, que se ponga dinero sobre la mesa.
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Mensaje por Drakixx Sáb Dic 03 2022, 07:50

Es habitual, es el llamado contrato de arras. Si la hipoteca aún no la tienes atada que pongan la cláusula de que "en caso de que no salga autorizada la financiación se devuelve la señal". Es importante porque hay inmobiliarias que lo ponen y otras no. Ese dinero se descuenta luego del precio y vendrá reflejado ese adelanto en la escritura de compraventa.
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Mensaje por Enric67 Sáb Dic 03 2022, 07:55

Drakixx escribió:Es habitual, es el llamado contrato de arras. Si la hipoteca aún no la tienes atada que pongan la cláusula de que "en caso de que no salga autorizada la financiación se devuelve la señal". Es importante porque hay inmobiliarias que lo ponen y otras no. Ese dinero se descuenta luego del precio y vendrá reflejado ese adelanto en la escritura de compraventa.

Esto sería previo al contrato de arras.
Es una oferta (a la baja) al vendedor a través de la agencia inmobiliaria. Para hacerla de un modo “formal”.
Si la aceptan, a continuación haríamos el contrato de arras.
Si no la aceptan, devuelven la pasta.
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